Santo Domingo.- Los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE) se reservaron el fallo, sobre el conocimiento de la apelación e impugnación de los resultados de las elecciones municipales de Dajabón, para ser notificados a las partes vía secretaría.
Con la presencia de las partes demandantes, abogados de los partidos PLD, PRM y la JCE debatieron los alegatos que dieron origen a la impugnación de los resultados de las elecciones del pasado 18 de febrero en ese municipio fronterizo.
El TSE conoció el recurso de apelación presentado contra el acta número 01-24, certificación sin número, emitida por la JCE de Dajabón, de fecha 23 de febrero de 2024. Relación de votos nulos y observados, emitida por la junta electoral Dajabón de fecha 19 de febrero a las 2:35¨ pm, interpuesto por la ciudadana Fiordaliza Caridad Ceballos contra la junta electoral Dajabón, Partido Revolucionario Moderno (PRM) y el alcalde Santiago Riverón.
Demanda ante el TSE
La demanda es interpuesta por el PLD y su candidata a alcaldesa, Fiordaliza Ceballos, contra la JCE en Dajabón y el alcalde por el PRM Santiago Riverón.
La audiencia fue fijada mediante el auto administrativo 130-2024 del TSE, del expediente número 01-0072-2024, firmado por el secretario general Rubén Darío Cedeño Ureña, para celebrase el día 5 del presente mes. Pero a petición de los abogados del partido oficial fue pospuesta para este martes 12, para estudiar el expediente.
A la sala de audiencia asistieron representantes de ambos partidos, la JCE y las partes acusada y demandante, al juicio que fue transmitido en vivo por las redes sociales del TSE.
La Alta Corte dará a conocer la decisión en los próximos días. Con ello se espera que baje la tensión que se ha mantenido en Dajabón. En el pasado proceso electoral, en ese municipio, inicialmente dieron a Fiordaliza Ceballos ganadora por margen de un voto y luego de reconteo de boletas, varió ese resultado. De ahí siguió la denuncia de irregularidades y el consecuente recurso de apelación ante las autoridades judiciales electorales.

