Santo Domingo – El Ministerio de Trabajo anunció este miércoles un aumento del 30% en el salario mínimo para empleadas domésticas en la República Dominicana. A partir del 1 de mayo, quienes laboran en este sector deberán recibir un pago mínimo mensual de RD$13,000, en lugar de los RD$10,000 establecidos previamente.
Este nuevo monto representa una mejora significativa para las trabajadoras y trabajadores del hogar, que ahora verán reflejado un mayor reconocimiento a su labor. Sin embargo, el Ministerio aclaró que este es un salario mínimo, por lo que los empleadores pueden —y en algunos casos deben— pagar un monto superior, dependiendo de las condiciones de trabajo.
¿Qué pasa con quienes trabajan por días?
Una de las principales dudas generadas tras el anuncio tiene que ver con las empleadas que no laboran la jornada completa de 44 horas semanales (cinco días y medio), tal como lo establece el Código de Trabajo.
En esos casos, el pago debe calcularse de forma proporcional, usando una fórmula que parte del salario mensual dividido entre 23.83 días laborales promedio al mes (esto excluye los días libres). Así, el salario mínimo diario queda establecido en RD$545.53.
Por ejemplo:
- Si una empleada trabaja dos días a la semana, el mínimo semanal que debe recibir es de RD$1,091.
- Si trabaja un solo día, el pago mínimo debe ser de RD$545.53.
- Para jornadas completas semanales (lunes a viernes más sábado hasta el mediodía), el mínimo obligatorio será de RD$13,000 mensuales.
Posibles variaciones
El Ministerio también explicó que estos cálculos sirven como referencia para el mínimo legal, pero cada relación laboral es distinta. Factores como la experiencia, las tareas específicas, la antigüedad y acuerdos personales pueden hacer que el salario real sea mayor al mínimo.
Con esta medida, el Gobierno busca dignificar la labor doméstica y garantizar condiciones más justas para un sector históricamente desprotegido. No obstante, también llama a los empleadores a informarse adecuadamente sobre sus obligaciones para evitar incumplimientos.

