La aplicación de la Ley 210-19, que regula el uso de los símbolos patrios, motivó una acción judicial penal contra dos ciudadanas dominicanas investigadas por la alteración del Himno Nacional.
las acciones que motivaron el apresamiento ocurrieron durante un evento celebrado en el Centro Cultural de España, en la Zona Colonial, en Santo Domingo.
El proceso que dirige el Ministerio Público imputa a Alicia Anabel Santos Díaz, de 54 años, y a Yoseli Castillo Fuertes por la presunta violación de los artículos 37 y 39 de dicha legislación.
Las consideraciones se fundamentan en el hecho de que se produjo un uso no autorizado y alterado del Himno Nacional.
Como parte de la investigación, Santos Díaz fue arrestada este martes en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA), en cumplimiento de la Orden Judicial núm. 2025-AJ0051862.
La orden fue emitida el 7 de agosto de 2025 por la jueza Fátima Veloz, del Décimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.
Hechos bajo investigación
Según el expediente, los hechos ocurrieron durante un evento celebrado en un salón del Centro Cultural de España, en la Zona Colonial.
Allí, las imputadas convocaron al público a interpretar lo que identificaron como el Himno Nacional, usando la melodía oficial, pero con otras letras.
Las autoridades sostienen que, conforme a la Constitución y la normativa vigente, el hecho constituye una alteración de un símbolo patrio invariable.
El Ministerio Público señala que el Himno Nacional, como símbolo sonoro de la Nación, solo puede ser interpretado en su forma oficial, sin modificaciones de contenido o estructura.
Contexto institucional y judicial
La investigación se inició tras denuncias formales presentadas por la Comisión Permanente de Efemérides Patrias (CPEP) y el Instituto Duartiano.
Asimismo, otras entidades reclamaron la aplicación del régimen sancionador previsto en la ley.
El tribunal valoró, además, que las imputadas residen fuera del país, lo que representaría un riesgo procesal.
En uno de los considerandos, la jueza estableció que, aunque la libertad personal es un derecho fundamental, puede ser limitada mediante orden judicial.
Esto así, cuando se afectan el orden público y el marco legal vigente.
Santos Díaz será puesta a disposición del Ministerio Público, mientras continúan las diligencias del caso.

