Con nuevas disposiciones, se refuerzan controles para proteger a afiliados del sistema.
Santo Domingo, RD – La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) anunció nuevas disposiciones orientadas a proteger a los afiliados del Seguro Familiar de Salud (SFS) frente a prácticas de cobros indebidos en los servicios de salud. La medida busca fortalecer la transparencia en los pagos y garantizar el acceso oportuno a las prestaciones cubiertas.
Entrega obligatoria de comprobantes
La entidad advirtió a los Prestadores de Servicios de Salud (PSS), tanto institucionales como profesionales, que están obligados a entregar comprobantes de pago a los afiliados por los servicios incluidos en el Plan Básico de Salud. Esta disposición está contenida en la Circular 002957.
Además, los prestadores deberán habilitar distintas opciones para facilitar los pagos autorizados. Entre ellas se incluyen tarjetas bancarias, transferencias y otros medios electrónicos disponibles, de acuerdo con sus capacidades operativas.
La SISALRIL destacó que el cumplimiento de estas medidas refuerza el marco legal establecido en la Ley 87-01, que rige el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). Asimismo, instó a todos los actores del sistema a trabajar de forma coordinada para garantizar la aplicación continua de la normativa vigente.
Transparencia en copagos y servicios
Estas acciones están dirigidas a mejorar la verificación de las transacciones realizadas por los afiliados. También buscan fortalecer la transparencia en conceptos como copagos, cuotas moderadoras y otros montos relacionados con los servicios recibidos.
El organismo regulador enfatizó que estas disposiciones contribuyen a evitar prácticas que puedan afectar la confianza de los usuarios en el sistema de salud y asegurar una correcta facturación de los servicios.
Conflictos no deben afectar al afiliado
La circular establece que cualquier desacuerdo entre las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), los PSS y los profesionales de la salud debe resolverse mediante los mecanismos contractuales e institucionales existentes. Estos incluyen temas como tarifas, honorarios médicos, auditorías, autorizaciones o reclamaciones.
En caso de que no se logre una solución por estas vías, las partes pueden recurrir a la SISALRIL dentro de sus atribuciones legales. Sin embargo, la institución fue enfática en señalar que estos conflictos no deben trasladarse a los afiliados.
En ese sentido, se prohíben prácticas como cobros adicionales injustificados, condicionamiento de la atención médica, retención de documentos o suspensión de servicios. Estas acciones, advirtió la entidad, limitan el acceso oportuno a las prestaciones cubiertas por el SFS.
Seguimiento y supervisión del sistema
La SISALRIL también reiteró lo dispuesto en la Circular 000687, emitida el 22 de mayo de 2025, la cual aborda las prácticas de cobros indebidos tanto en el Seguro Familiar de Salud como en el Seguro de Riesgos Laborales (SRL).
La institución informó que dará seguimiento al cumplimiento de estas medidas y recordó a las ARS su obligación de supervisar su red de prestadores. En caso de detectar irregularidades, deberán aplicar los mecanismos contractuales correspondientes para corregirlas.
Con estas acciones, el organismo busca fortalecer la protección financiera de los afiliados y asegurar mayor transparencia en las transacciones dentro del sistema de seguridad social.
Sobre la SISALRIL
La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales es la entidad responsable de garantizar el derecho a la salud y la protección ante riesgos laborales en la República Dominicana. Su labor se centra en la regulación y supervisión del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Se trata de una institución autónoma del Estado, creada el 9 de mayo de 2001 mediante la Ley No. 87-01, con el objetivo de asegurar servicios de calidad y oportunos para la población.

