Los propietarios de establecimientos afiliados a la Federación Nacional de Bancas de Lotería (Fenabanca), las concesionarias de loterías electrónicas y las bancas de lotería independientes y sin afiliación que deseen acogerse al plan deberán comprometerse mediante documento escrito y formal, a presentar en esos 120 días un listado de todas las bancas de lotería de su propiedad, independientemente de su estatus legal.
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