JCE deja abierto el período de campaña para elecciones de mayo

Redacción: Por la Línea
Junta Central Electoral advierte sobre recorte financiamiento partidos 2026

El órgano electoral también explicó en su proclama sobre la reglamentación de los gastos durante el período de campaña

La Junta Central Electoral (JCE) declaró abierto el período de campaña electoral para las elecciones presidenciales, senatoriales y para las diputaciones, las cuales se celebrarán el domingo 19 de mayo.

La proclama también dispuso el tope de gastos para las candidaturas y estableció los límites de los montos de contribuciones individuales realizadas por particulares a los candidatos y candidatas a los cargos de elección popular.

Además de la elección del o la presidenta de la República también se elegirán al o la vicepresidenta, a 32 senadores y 190 diputados, que incluyen a 7 de ultramar y a cinco diputados nacionales. También se elegirán 20 diputados del Parlamento Centroamericano (Parlacen).

Quienes resulten ganadores ejercerán sus funciones durante el período constitucional que se inicia el 16 de agosto de este 2024 y concluye el 16 de agosto del 2028.

El órgano electoral explica en su proclama que a partir de ahora también quedó abierto el período de campaña, no sólo en el territorio nacional, sino en las ciudades que integran las tres circunscripciones electorales del exterior.

Allí están empadronados los ciudadanos y ciudadanas dominicanas con derecho al sufragio, en estos últimos casos siempre sujeto al ordenamiento jurídico de los respectivos Estados.

La Junta también convocó a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos y a todos los ciudadanos/as dominicanos/as aptos para ejercer el sufragio, a concurrir y votar en las elecciones de mayo, en horario de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.

Gastos durante el período de campaña

La entidad electoral señaló que los/as candidatos/as concurrentes a las elecciones deberán someterse al régimen de tope de gastos y de aportes individuales establecidos en los artículos 217 y siguientes de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, por tanto, deberán realizar un informe de ingresos y egresos a través de la cual se identifique el origen de los recursos y forma de gasto de estos.

Según la entidad, conforme con lo establecido en el artículo 220 de la Ley núm. 20-23, los topes de gastos de los/as candidatos/as para las elecciones ordinarias generales se realizarán sobre la base siguiente: 1) Presidenciales: RD$122.50 por electores hábiles inscritos en el Registro Electoral a nivel nacional; y 2) Congresuales: RD$105.00 por electores hábiles inscritos en el Registro Electoral a nivel de la provincia o circunscripción correspondiente.

En el caso de los/las candidatos/as de diputación de ultramar, aplica el mismo tope de gastos que para el nivel congresual, con el equivalente a partir de la tasa cambiaria de euros y dólares de los Estados Unidos de América vigentes al momento de la emisión de la Resolución que así lo establece.

En otro orden, la JCE recordó que las contribuciones individuales hechas por particulares con el propósito de aportar a los candidatos/as a los cargos de elección popular no podrán ser superiores al 1 % de los límites o topes establecidos en el artículo 218 de la Ley núm. 20-23.

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