Santo Domingo. La Dirección General de Contrataciones Públicas suspendió de oficio 11 Registros de Proveedores del Estado vinculados a diez senadores. El organismo aplicó el régimen de inhabilidades establecido por la Ley 47-25 sobre Contrataciones Públicas.
El acto identifica un registro perteneciente a una persona física y diez correspondientes a sociedades comerciales. La suspensión permanecerá mientras persista la incompatibilidad legal. La disposición también continuará vigente durante seis meses después de que los funcionarios abandonen sus cargos.
Legisladores incluidos
La medida incluye a Moisés Ayala Pérez, de Barahona; Santiago José Zorrilla, de El Seibo; y Jonhson Encarnación Díaz, de Elías Piña. También figuran Carlos Manuel Gómez Ureña, de Espaillat; Ginnette Bournigal, de Puerto Plata; y Gustavo Lara Salazar, de San Cristóbal.
La relación continúa con Daniel Rivera Reyes, de Santiago; Bernardo Alemán Rodríguez, de Montecristi; y Casimiro Marte, de Santiago Rodríguez. Completa el listado Alexis Victoria Yeb, representante de María Trinidad Sánchez.
Los registros corresponden al Instituto de Medicina Popular, Combustibles Alternativos José Espinal, Centrimed, Unión Telecard Dominicana, Turinortv y Gestión Proactiva Gespro. También abarcan Unión Médica del Norte, Comercial La Sidra, ASETRAN y Constructora 059041. Bernardo Alemán figura como proveedor individual.
Casimiro Marte aparece vinculado con Comercial La Sidra y ASETRAN. Por esa razón existen 11 registros, aunque el documento menciona diez senadores.
Medida preventiva
La DGCP aclaró que la suspensión no representa una sanción. Se trata de una medida preventiva y administrativa para impedir contrataciones incompatibles. La institución realiza cruces de información para identificar relaciones entre funcionarios y proveedores registrados. Estos controles buscan prevenir conflictos de interés en las contrataciones estatales.
Contexto adicional
El artículo 38 de la Ley 47-25 prohíbe que los legisladores mantengan participaciones societarias en empresas proveedoras, sin importar el porcentaje. La restricción también alcanza funciones de dirección, gerencia o participación en consejos administrativos.
La DGCP concedió previamente 15 días hábiles para solicitar voluntariamente la suspensión. Después del plazo, el organismo procedió de oficio. El acto fue firmado el 19 de junio de 2026. La institución ordenó notificarlo a la Contraloría, la Cámara de Cuentas y la DGII.

